La DGT publica una Instrucción para acabar con los coches abandonados
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha esta semana una nueva campaña de vigilancia y control del correcto funcionamiento de los elementos de seguridad de los vehículos que circulan por las carreteras españolas. La campaña se desarrollará hasta el próximo 16 de octubre y se centrará en la revisión de los neumáticos, frenos, luces, señalización y vigencia de la ITV, entre otras cosas.
Y es que un coche antiguo (de 10 a 15 años de antigüedad) duplica el riesgo de fallecer o resultar herido grave en caso de sufrir un accidente de tráfico, según la Estrategia Española de Seguridad 2030. Si nos fijamos en las cifras de 2021, vemos que la antigüedad media de los turismos y furgonetas implicados en accidentes mortales en vías interurbanas fue de 13 años para los turismos y de 10,8 años para las furgonetas. No obstante, si tenemos en cuenta a los vehículos en los que se desplazaban las víctimas mortales, la antigüedad media asciende a los 15,4 y 12,6 años, respectivamente.
Por ello, con el objetivo principal de combatir la siniestralidad, la DGT incorpora en su calendario anual de campañas la vigilancia del mantenimiento de los elementos de seguridad de los vehículos. Además, la DGT ha publicado una Instrucción para gestionar la destrucción y descontaminación de los más de 20.000 vehículos que hay actualmente abandonados en España tanto en recintos privados como en aparcamientos públicos.
Coches abandonados, un problema en España
Cada año son abandonas en nuestro país unos 50.000 vehículos en las vías públicas y aproximadamente 6.000 en talleres, depósitos y aparcamientos públicos. Asimismo, se estima que actualmente puede haber unos 20.000 vehículos abandonados en aparcamientos de centros comerciales, garajes privados, urbanizaciones privadas, parkings de hoteles, etc.
Esta situación ha llevado a la DGT a establecer un procedimiento administrativo ágil para que los coches abandonados en recintos privados puedan llevarse a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su desguace y descontaminación. De este modo, los perjudicados ya no deberán acudir a la vía civil para retirar un vehículo sino que podrán acogerse a este nuevo procedimiento administrativo.
La nueva Instrucción de la DGT desarrolla el artículo 106 de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, recogiendo los supuestos previstos anteriormente en la Ley de Seguridad Vial y ampliándolos con otros nuevos como el del abandono de vehículos en recintos privados, que no estaba contemplado.
Ahora, la Administración competente puede ordenar el traslado de un vehículo a un centro autorizado de tratamiento de vehículos para su posterior destrucción y descontaminación. Para ello, deberá requerir al titular del vehículo para advertirle que, si en el plazo de un mes no retira su coche, se procederá al traslado a un centro autorizado de tratamiento de vehículos.
En el caso de que el vehículo abandonado todavía esté en buenas condiciones y se pueda utilizar, la Instrucción establece la posibilidad de que la autoridad competente lo adjudique a los servicios de vigilancia del tráfico, previa autorización del Jefe Provincial de Tráfico.