La nueva reforma del Código Penal endurece las penas por conducción imprudente
Con el objetivo principal de reducir al máximo los accidentes de tráfico provocados por imprudencias al volante, que afectan especialmente a peatones y ciclistas, el pasado 2 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva reforma del Código Penal.
Una de las novedades más destacadas de la nueva reforma del Código Penal es la creación de un nuevo delito contra la seguridad del Tráfico, que consiste en el abandono del lugar del accidente. Este nuevo delito será autónomo y totalmente distinto al ya existente de omisión del deber de socorro.
El incumplimiento de esta norma estará penado de la siguiente forma:
- De seis meses a cuatro años de prisión y la retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años, si la causa del accidente es una imprudencia.
- De tres a seis meses de prisión y la retirada del permiso de conducir de seis meses a dos años, si la causa del accidente fuera fortuita.
- Conducir bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas.
- Negarse a realizar una prueba de alcoholemia.
- Conducir de forma temeraria, con altas tasas de alcohol en sangre y un exceso desproporcionado de la velocidad.

La nueva Reforma del Código Penal se ha llevado a cabo gracias a una iniciativa popular, puesto que la mujer de una víctima en un accidente de tráfico fue quien la impulsó. El conductor que tuvo el accidente con el marido de la mujer, se dio a la fuga, lo que provocó el fallecimiento del hombre. Según los servicios de emergencia, si el causante del accidente hubiese llamado a urgencias en el momento del siniestro, la persona fallecida podría haber sobrevivido.