Los accidentes en la UE estarán cubiertos aunque la aseguradora esté en quiebra
A la hora de viajar a un país extranjero con tu vehículo, es muy importante que te informes a través de fuentes fiables sobre los documentos que vas a necesitar y sobre cómo operan las compañías aseguradoras en dicho país, de modo que puedas estar cubierto en caso de sufrir un accidente de tráfico. Generalmente, las pólizas de seguros españolas cubren la responsabilidad a terceros obligatoria. Sin embargo, nunca sabes a qué situaciones te puedes enfrentar fuera de casa, como por ejemplo que la aseguradora que debe hacerse cargo de las indemnizaciones del siniestro esté en quiebra.
Para solucionar este problema, el PSOE ha planteado un cambio legal en el Congreso para garantizar la cobertura en caso de accidentes de vehículos ocurridos en el extranjero cuando la aseguradora responsable esté en quiebra o en proceso de ella, o en siniestros ocurridos en España pero donde la parte culpable es una entidad extranjera que está en quiebra.
Tal como informa Europa Press, se trata de una enmienda a una ley ‘omnibús’ que se tramita en el Congreso para trasponer directivas europeas que, entre otros puntos, modifican la ley sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
En dicha enmienda, el PSOE plantea que el Consorcio de Compensación de Seguros indemnice a los residentes españoles los daños y perjuicios causados por accidentes en España por un vehículo asegurado en una entidad extranjera, siempre que esta incurra en un procedimiento de quiebra, o de liquidación por insolvencia, con independencia de dónde provenga el vehículo.
Por contra, cuando el conductor español tenga el accidente fuera de España, será la Oficina Española de Aseguradoras de Automóviles (Ofesauto) quien asuma, entre sus funciones de organismo de indemnización, la obligación de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.
Dicho de otra manera, si un residente español tiene un accidente con un ciudadano extranjero en España y la aseguradora del segundo está en quiebra, el Consorcio de Compensación asumirá la indemnización. Por su parte, cuando suceda lo mismo, pero en un Estado Miembro que no sea España, será Ofesauto quien asuma los costes.