Comida en el coche: ¿la DGT multa por comer al volante?
En verano, como es lógico, los viajes se incrementan en nuestro país y es habitual ver a los conductores recorriendo distancias largas en sus vehículos. Son muchos los que, con tal de realizar las menores paradas posibles, comen o beben en el coche para intentar ahorrar tiempo en sus trayectos ¿puede la DGT multarte por ello?
Conducción en los viajes
Según la propia DGT, comer o beber dentro de tu vehículo son dos tareas que pueden dificultarte conducir cómodamente y por lo tanto con total seguridad.
Como norma general, la DGT recomienda realizar una parada durante los viajes cada 200 kilómetros recorridos o cada 2 horas al volante. El objetivo de esta parada es que tanto el que conduce como los que le acompañan puedan descansar un poco, estirar las piernas o incluso comer y beber algo.
No obstante, hay muchas personas que, además de no realizar las paradas necesarias en un trayecto largo para “ahorrar tiempo”, comen o beben mientras conducen. Si eres de los que lleva a cabo este tipo de comportamientos, has de saber que puede suponer un peligro tanto para tu propia seguridad como para la de los demás.
¿Permite la DGT comer o beber al conducir?
Según la DGT las distracciones son la primera causa de muerte en las carreteras españolas, por lo que conductas como el uso del teléfono móvil está sancionado con fuertes multas que afectan tanto a tu bolsillo como a los puntos de tu carnet de conducir.
En cuanto a la comida y la bebida, se podría decir que es un caso muy parecido al del uso de chanclas o llevar el codo fuera de la ventanilla mientras conduces. Estos comportamientos, más habituales en verano debido a las altas temperaturas, no están registrados como una sanción concreta o algo que no pueda realizarse, pero aún así puedes ser multado por ello.
En el caso de la comida y bebida es lo mismo. Si un Agente de Tráfico considera que beber o comer mientras conduces puede hacer que te distraigas (lo que es muy probable ya que casi con total seguridad no llevas las dos manos en el volante), puede multarte sin pensárselo dos veces.
Multa por conducir o beber en el coche
Al suponer, según la DGT, una conducción negligente y una causa de distracción, puede ser considerado por la Guardia Civil como un motivo para ser multado.
La multa a la que te enfrentas al comer o beber en el coche es, por lo general, de 80 euros, pero si el agente de tráfico que te ha parado considera que estabas conduciendo de forma negligente, es decir poniendo en peligro al resto de usuarios, la sanción puede ascender hasta los 200 euros.