Si tienes esta enfermedad la DGT no te dejará conducir
Aunque no lo creas, el coche es junto con el trabajo y la vivienda uno de los espacios en los que pasamos más tiempo a la semana. De hecho, según un estudio elaborado por Ipsos y The Boston Consulting Group en 2021, la mayoría de conductores pasamos a la semana una media de 9 horas y 35 minutos dentro del vehículo. Como es de imaginar, gozar de una salud óptima es clave para poder circular con la máxima seguridad, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) obliga a todos aquellos conductores que quieren obtener o renovar su carnet de conducir a superar un reconocimiento médico para comprobar que tienen un buen estado de salud física y mental.
El reconocimiento médico, que debe realizarse en un centro de reconocimiento homologado por Tráfico, está basado en unas pruebas médicas y psicotécnicas que determinan si el usuario es apto para conducir. Este procedimiento, que para la gran mayoría de conductores supone un simple trámite, se complica para aquellos que sufren ciertas patologías que disminuyen sus capacidades al volante, impidiéndoles tomar el control de un vehículo. Recuerda que conducir con una revisión médica negativa es totalmente ilegal y está sancionado con una multa de hasta 6.000 euros.
De todos modos, cabe destacar que el diagnóstico de una patología no significa que el conductor sea incapaz de conducir, todo dependerá de la gravedad de la enfermedad, su evolución y la condición física del usuario, que deberá ser evaluado periódicamente.
Enfermedades incompatibles con la conducción
A continuación, te detallamos cuáles son las enfermedades incompatibles con la conducción que te impedirán obtener o renovar el permiso de conducir, a no ser que cuentes con un informe médico que certifique que pese a la patología eres apto para sentarte al volante.