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¿Pueden multarme por conducir con chanclas? Según la DGT sí y no

Llega el verano y son muchos los conductores que se hacen la misma pregunta: ¿Puedo conducir mi coche llevando chanclas? La respuesta de la DGT te la explicamos a continuación

Con la llegada del calor es habitual que las conductas de los conductores cambien conforme a las altas temperaturas. Se convierte en habitual el llevar el brazo fuera de la ventanilla, conducir en tirantes, y usar sandalias o un calzado más ligero en nuestro día a día, conductas que pueden llegar a ser sancionadas con multa según la Dirección General de Tráfico (DGT).

La principal cuestión es si este tipo de hábitos puede afectar a nuestra conducción, y es que según la DGT has de ser consciente de que aunque muchas de estas acciones no son sancionables, pueden suponer un peligro para la seguridad vial.

Todo esto crea mucha confusión entre los conductores, así que para entender mejor qué comportamientos están o no prohibidos por la ley has de tener en cuenta los siguientes artículos del Reglamento General de Circulación:

  • Artículo 18.1: El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción; así como cuidar la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados.
  • Artículo 17.1: Establece que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos.
  • Artículo 3.1: Hace referencia a la forma de conducción, que debe hacerse con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno; y prohíbe terminantemente conducir de modo negligente o temerario.

Entonces ¿es legal conducir con chanclas?

La respuesta según la DGT, en líneas generales, es que . No existe ninguna normativa que impida el uso de chanclas o exija un calzado determinado para conducir, al igual que no hay ninguna ley que no permita conducir sin camiseta, pero el problema reside en la interpretación de dichas acciones.

Si los agentes de tráfico interpretan que la conducción se puede ver afectada por el uso de un calzado concreto, como las chanclas, unos tacones o incluso por ir descalzo, puedes ser sancionado con una multa de 80 euros (40 con pronto pago). Por otro lado, el uso de camiseta es también prácticamente obligatorio, ya que puede interpretarse que el conductor carece de la correcta “libertad de movimiento” necesaria para conducir un vehículo si va en tirantes o con el torso descubierto.

Por lo tanto, aunque no sea ilegal conducir con chanclas, se recomienda el uso de un calzado que sujete el pie correctamente y que no suponga un problema de cara a la conducción, evitando así no solo las posibles multas sino poner en peligro la integridad del resto de personas.