¿Necesito licencia para una moto de agua?
La licencia de navegación solo te llevará un día y te permite conducir tu moto de agua.
Los amantes del motor no entienden de modalidades, tan solo buscan ese instante de diversión, emoción y adrenalina concedido por las máquinas y sus propulsores. Es habitual que un aficionado a las dos ruedas sueñe, a su vez, con recorrer las costas españolas a bordo de una moto de agua. A toda velocidad, saltando de ola en ola y sintiendo la brisa del mar en cada poro de la piel. Si por tu mente ha cruzado esa idea, pero no sabes qué necesitas para ser propietario de una moto de agua, te lo contamos en este artículo.

¿Qué carnet necesito para una moto de agua?
En España existen cinco títulos relacionados con las embarcaciones náuticas y dos de ellos regulan la circulación con motos de agua. Como sucede con las motos sobre ruedas, las licencias te concederán acceso a unos modelos concretos o, mejor dicho, a una utilización determinada, dado que no afecta a la potencia final del vehículo.La licencia de navegación es el primer paso, y el más fácil, a realizar si quieres llevar una moto de agua. Se trata de un curso de homologación para el que tendrás que asistir a una escuela especializada y recibir un curso teórico de dos horas. Tras el reconocimiento médico habitual para las licencias, pasarás al agua. En el mar se completan un total de cuatro horas de prácticas y ya serás dueño de una licencia, todo en un solo día y sin necesidad de aprobar un examen.

Si quieres ir un paso más allá deberás aprobar el título de Patrón de Navegación Básica, llamado PNB. Es similar a examinarse del carnet de conducir, con su examen tipo test de 27 preguntas y las prácticas de ocho horas en navegación y conducción. Además, se suman otras dos horas de prácticas sobre la utilización de la radio y las comunicaciones necesarias en una embarcación.
Estos cursos puedes obtenerlos en escuelas náuticas certificadas y homologadas, con un coste que ronda los 500 euros en función del territorio. La titulación la expide el Ministerio de Fomento o la Consejería del Gobierno de la comunidad y te concede permisos para embarcaciones de hasta 8 metros de eslora con una distancia máxima desde la costa de 5 millas, también durante la noche.