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El Tribunal Europeo carga contra la DGT por su reparto de cursos de recuperación de puntos del carnet

El TJUE aboga por liberalizar el reparto de cursos, lo que acabaría por multiplicar el número de centros donde se imparten y por bajar su precio

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que el sistema de reparto de cursos de recuperación de puntos del carnet que hay en España, excede de lo necesario para llevar a cabo su cometido. El modelo actual de la Dirección General de Tráfico (DGT) impone la división del territorio nacional en cinco grandes zonas, en cada una de las cuales sólo un prestador está autorizado a realizar los cursos.

A excepción de Cataluña y el País Vasco, el territorio está dividido en cinco zonas, a cada una de las cuales correspondía uno de los cinco lotes de la licitación. Y el adjudicatario seleccionado para cada uno de los lotes sería la única entidad habilitada para impartir dichos cursos en la zona geográfica correspondiente.

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Esto hace que haya una oferta escasa de centros en los que aquellos que han perdido los puntos del carnet puedan recuperarlos mediante los cursos de la DGT. Liberalizar la concesión haría que existiesen más centros donde realizar los cursos, lo que acabaría no sólo por reducir su coste debido a la propia ley de oferta y demanda, sino que también los haría más accesibles ya que los afectados encontrarían más lugares donde realizarlos.

El Tribunal de Justicia Europeo considera que la normativa española “constituye a la vez un límite cuantitativo y un límite territorial”, que “sólo se debería autorizar si no es discriminatorio y si es necesario y proporcionado”. Al respecto, alega que “parece haber medidas menos restrictivas que permiten conseguir el objetivo perseguido. Además, tampoco cabe excluir que este objetivo pueda alcanzarse mediante un régimen de autorización administrativa, en lugar de recurrir a un servicio público que deba prestarse mediante concesión”.

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En su comunicado, el TJUE no descarta que “pueda demostrarse que una división del territorio en un mayor número de zonas geográficas que las cinco fijadas contribuiría a facilitar la prestación de los servicios”, y que “por lo tanto, la división territorial y el límite cuantitativo impuestos no parecen necesarios para llevar a cabo la tarea de que se trata en condiciones económicamente viables. No obstante, corresponde al Tribunal Supremo examinar y tener en cuenta el alcance exacto de las obligaciones de servicio público impuestas, en su caso, a los concesionarios de los cursos y considerar si un régimen menos restrictivo podría impedir que el servicio público en cuestión se ofreciera en condiciones económicamente viables”.

Esto supone un gran revés al modelo impuesto en 2014 por la DGT, y reforzado por la Administración General del Estado y la CNAE en 2015. Aunque legal, este tipo de reparto para recuperar los puntos del carnet beneficiaba sólo a unos pocos centros designados por los administradores únicos de cada uno de los cinco territorios estipulados en nuestro país. Un privilegio a todas luces “excesivo” a ojos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Un modelo controvertido

La Dirección General de Tráfico anunció en 2014 una licitación para conceder la gestión de cursos de sensibilización y reeducación vial para la recuperación de puntos de los permisos de conducción, consistente en cinco lotes. El contrato objeto de dicha licitación adoptó la forma de un contrato de concesión de servicio público, mediante el cual todo el territorio nacional, a excepción de Cataluña y el País Vasco, quedaba dividido en cinco zonas, a cada una de las cuales correspondía uno de los cinco lotes de la licitación. Al término del procedimiento, el adjudicatario seleccionado para cada uno de los lotes sería la única entidad habilitada para impartir dichos cursos en la zona geográfica correspondiente.

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La Asociación para la Defensa de los Intereses Comunes de las Autoescuelas (AUDICA) interpuso un recurso administrativo y posteriormente un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, contra la convocatoria del concurso por considerar que la adjudicación de los cursos mediante contratos de concesión de servicio público era contraria a la libre prestación de servicios.

En el procedimiento se personaron la Administración General y la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) como partes demandadas; debe precisarse que la CNAE había participado en el procedimiento de licitación. El Ministerio Fiscal se sumó a la posición de AUDICA como parte. La sentencia de la Audiencia Nacional de 28 de noviembre de 2018 estimó el recurso y anuló la resolución de 23 de enero de 2015 y la licitación.

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La Administración General del Estado y la CNAE recurrieron ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional, prolongando hasta la actualidad este modelo controvertido y que ahora reprueba el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Para Ramón Ledesma, consejero asesor de Pons Mobility: “Como todo proyecto, público o privado, hay una fase de puesta en marcha y una fase de mantenimiento. En el caso de los Cursos de Recuperación de Puntos del Permiso de Conducir se decidió que en un primer momento se implantara por un mecanismo de concesión administrativa pero llegados a la fase de mantenimiento, por diferentes circunstancias, no se hizo bien. En 2018, la Audiencia Nacional ya dejó claro que el sistema no era válido, pero sin embargo se decidió seguir alargando la agonía de algo que estaba claro que había que cambiar. Lo que hace ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es decirle al Tribunal Supremo que definitivamente ahora hay que pasar a otro modelo, en línea con lo que ya falló la Audiencia Nacional hace casi 5 años. Solo queda, por tanto, que el Tribunal Supremo atienda todo el historial y procedamos. Como país, tuvimos una oportunidad en la reforma de la Ley de Tráfico de 2021 pero decidimos como país no hacer nada y alargar un ‘chicle jurídico’ que no da más de sí”.