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¿Es legal llevar una cámara grabando en el coche?

Aunque la DGT permite el uso de la cámara en el coche, hay ciertas limitaciones marcadas por la Ley de Protección de Datos que no debes sobrepasar

Llevar una cámara instalada en la parte superior del parabrisas del coche, también conocida como dash cam, convence cada vez a más conductores, que encuentran en este accesorio una prueba irrefutable de lo que realmente ha ocurrido en un accidente de tráfico. No obstante, ¿hasta que punto es legal esta práctica? ¿Se puede llevar en España una cámara en el coche que esté continuamente grabando lo que ocurre?

Pues bien, lo primero que debes saber es que la Dirección General de Tráfico (DGT) no te va a multar por llevar una cámara en el coche. Es legal y puedes utilizarla siempre que cumplas con el Reglamento General de Circulación y no lleves ningún elemento en el parabrisas que impida la correcta visión de los elementos de la vía.

Según la DGT, está permitido llevar una cámara en el coche siempre que la instales detrás del retrovisor o en otro lugar donde no moleste y afecte a la visibilidad. Ten en cuenta que si la cámara impide la correcta visión de la vía, podrás ser sancionado con una multa de 80 euros. Por otro lado, debes saber que está totalmente prohibido tocar o manipular la cámara durante la conducción. Hacerlo es una falta grave que conlleva 200 euros de multa y la retirada de tres puntos del permiso de conducir.

$!Lo más recomendable es instalar la cámara detrás del retrovisor

En cuanto a las aseguradoras, generalmente permiten el uso de las dash cam, ya que al fin y al cabo permiten demostrar quién tiene la culpa en un accidente de trafico.

Cuidado con la Ley Orgánica de Protección de Datos

No obstante, aunque la DGT permite el uso de las cámaras en el coche, lo cierto es que no puedes utilizarla de cualquier forma. Y es que la cosa cambia si tenemos presente la Ley Orgánica de Protección de Datos, que indica que únicamente se puede grabar y reproducir contenido para uso privado. Esto quiere decir que las imagen grabadas por la cámara de tu coche no se pueden hacer públicas en redes sociales ni en ningún espacio público, ya que de hacerlo atentarías contra la privacidad de terceros. Ten en cuenta que estarías grabando a las personas que transitan por la vía pública sin su consentimiento.

Asimismo, está prohibido hacer una grabación continua de la vía pública con la cámara del coche, puesto que se consideraría como una actividad de videovigilancia y actualmente solo tienen permiso para ello algunas entidades autorizadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Por ello, la mayoría de cámaras del coche están configuradas para grabar únicamente un momento puntual cuando se activa algún sensor de movimiento del vehículo o algún acelerómetro.

La última palabra la tiene un juez

Como no existe una normativa clara sobre el uso de las cámaras en el coche, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) explica en el informe jurídico 0456/2015 que se debe analizar cada caso de forma individual según la legitimidad y proporcionalidad:

“Para determinar si procedería la aplicación del citado precepto habrá de aplicarse la regla de ponderación prevista en el mismo; es decir, será necesario valorar si en el supuesto concreto objeto de análisis existe un interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por el tercero o terceros a los que se comuniquen los datos que prevalezca sobre el interés o los derechos y libertades fundamentales del interesado o si, por el contrario, dichos derechos fundamentales o intereses de los interesados a los que se refiera el tratamiento de los datos han de prevalecer sobre el interés legítimo en que el responsable pretende fundamentar el tratamiento de los datos de carácter personal”.

En definitiva, está permitido grabar con una cámara en el coche, siempre que se trate de una grabación puntual. No obstante, si quieres presentar la grabación como prueba de tu inocencia en un juicio por un accidente de tráfico, la última palabra siempre la tendrá el juez, que valorará la situación y los hechos y tomará la decisión de si es válida o no la presentación de la grabación como prueba.