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¿Puedo circular por Madrid capital sin estar empadronado con mi coche sin etiqueta?

La ciudad de Madrid ha concedido una moratoria que durará un año, pero existe la duda de si valdrá para toda la Comunidad o solo para la capital

Hasta hace pocos días, el plan del Ayuntamiento de Madrid era que el año 2025 fuera el fin de los coches sin etiqueta en la capital y su término municipal. Sin embargo, el día 12 de diciembre se tomó una decisión totalmente contraria a esa idea inicial: el consistorio ha concedido un periodo de gracia durante todo el año para que circulen sin recibir sanción.

Por lo tanto, el nuevo plan es que para 2026 sí que sea el momento definitivo en el que los coches sin etiqueta de la DGT no puedan circular. No obstante, es posible que exista la duda de si todos los habitantes de la Comunidad de Madrid podrán circular sin estar empadronados.

¿Se puede circular sin etiqueta en Madrid sin estar empadronado?

Si tienes el coche empadronado en la capital, o en sus distritos, no tendrás problema durante todo el año 2025 para circular con tu coche sin etiqueta. Sin embargo, todos aquellos que no estén empadronados ahí no podrán favorecerse de esta nueva medida.

$!Solo unos casos concretos que no estén empadronados y no tengan etiqueta podrán acceder

Por lo tanto, aquellos que no tengan padrón en la capital ni en sus distritos no podrán entrar con su coche sin etiqueta en las ZBE. Pese a ello, el Ayuntamiento de Madrid ha establecido unos perfiles concretos que podrán circular sin etiqueta y sin estar empadronados:

  • Autónomos (o titular de una sociedad unipersonal), cuya flota esté compuesta en un 50% por vehículos sin distintivo ambiental y con un peso superior a 3,5 toneladas y que tenga 59 años o más cumplidos en 2025.
  • Dueños de vehículos sin distintivo ambiental, cuyo uso sea indispensable para que ellos mismos o sus familiares puedan desplazarse a centros médicos y hospitalarios, siempre que estén previamente registrados en el municipio.
  • Propietarios de vehículos adquiridos con el distintivo ambiental, pero que todavía no se lo hayan entregado por motivos de fabricación.

Con todo ello, la conclusión final es que sólo podrán conducir sin etiqueta por la ciudad de Madrid y su término municipal los que sean residentes (empadronados en el ayuntamiento de Madrid) y aquellos que cumplan con los requisitos mencionados anteriormente.