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Los coches sin etiqueta que sí podrán circular por Madrid a partir de 2025

Hay tres tipos de vehículos sin etiqueta que siempre podrán acceder y circular por las vías públicas de la capital

Como ya os anunciamos a finales de 2022, desde el pasado 1 de enero de 2023 todos los municipios de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes con una mala calidad del aire deben incluir Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Pero mientras algunas ciudades todavía están pensando en cómo incorporar las ZBE a su plan de movilidad, otras ciudades como Madrid y Barcelona ya están atravesando su segunda o tercera etapa de restricciones.

Hace unos días os contamos todas las claves de la Madrid ZBE: cuántas zonas de bajas emisiones incluye, qué prohibiciones y restricciones tiene y cuándo comenzarán a multar a los conductores por acceder indebidamente a la ZBE. Y es que desde el primer día del presente año la capital española ha vetado el acceso y la circulación a los coches sin distintivo ambiental (los más contaminantes) por las vías públicas y urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. No obstante, ¿esta normativa se aplica a todos los coches sin etiqueta o existe alguna excepción? A continuación te lo contamos.

¿Qué coches no tienen etiqueta de la DGT?

Se trata de los turismos de gasolina matriculados antes del año 2001, que no cumplen con la normativa Euro 3 o anterior; y los turismos de diésel matriculados antes de 2006 que no cumplen con la normativa Euro 4 o anterior.

Los coches sin etiqueta empadronados en Madrid, sin restricciones hasta 2025

Según la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, todos los coches sin distintivo ambiental que a fecha 1 de enero de 2022 estén domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y que figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, podrán seguir circulando por la M-30 hasta 2025 sin sufrir ninguna restricción.

Pero cuidado, porque como hemos comentado, la fecha límite que estableció el ayuntamiento para dar de alta en el registro madrileño a los vehículos sin etiqueta fue el 31 de diciembre de 2021. Esto significa que si tienes un coche sin etiqueta y lo empadronaste a partir del 31 de diciembre de 2021, no se librará de las restricciones y, por lo tanto, tendrá prohibido circular por la M-30.

$!El mapa de la Madrid ZBE

Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025 se acabará la libre circulación de los coches sin etiqueta empadronados en la capital, por lo que ningún coche sin distintivo ambiental podrá circular por las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

¿Las motos tienen restricciones?

Las nuevas restricciones que han entrado en vigor en 2023 afectan únicamente a los turismos no residentes en Madrid, según la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible. Dicho esto, las motocicletas, ciclomotores, furgonetas, cuadriciclos y camiones se libran de las restricciones de acceso a la M-30 hasta el próximo 31 de diciembre de 2024, ya que a partir del 1 de enero de 2025 ningún vehículo sin etiqueta podrá acceder ni circular por las vías públicas urbanas de la ciudad de Madrid.

$!Las motos se libran de las restricciones hasta 2025

Los coches sin etiqueta que sí podrán acceder y circular por Madrid a partir de 2025

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible establece una serie de excepciones permanentes que siempre podrán acceder y circular por las vías públicas de Madrid, incluso a partir del 1 de enero de 2025, fecha en la que ningún vehículo sin etiqueta podrá hacerlo. Los únicos vehículos sin etiqueta que siempre podrán circular por la Madrid ZBE serán los siguientes:

VEHÍCULOS ADAPTADOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA: los coches conducidos o empleados para trasladar a personas titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida podrán seguir circulando por la M-30 hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que figuren dados de alta en el sistema de gestión de accesos a la Madrid ZBE y exhiban la tarjeta de estacionamiento. No obstante, a partir del 1 de enero de 2025, únicamente podrán acceder y circular por la Madrid ZBE los coches sin etiqueta que estén especialmente adaptados para personas con movilidad reducida, es decir, ya no bastará con tener solo la tarjeta de estacionamiento.

$!Un vehículo de Toyota adaptado para personas con movilidad reducida

VEHÍCULOS HISTÓRICOS: los vehículos matriculados como históricos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) no tendrán ninguna restricción para acceder a la Madrid ZBE. Recuerda que el Reglamento de Vehículos Históricos se está modificando y la nueva normativa entrará en vigor en otoño de 2023. A través de este enlace puedes consultar todas las novedades del nuevo reglamento.

$!Los vehículos históricos no tendrán restricciones en la Madrid ZBE

VEHÍCULOS DE EMERGENCIAS: los vehículos de emergencias de extinción de incendios y los vehículos de las Fuerzas Armadas (ejército, Unidad Militar de Emergencias, Guardia Real, etc.) podrán acceder permanentemente y sin ninguna restricción a la Madrid ZBE.

$!Los vehículos de emergencias podrán circular libremente por la Madrid ZBE