¿Qué documentación tienes que llevar obligatoriamente en tu coche? Esto dice la DGT
Hay 3 documentos que debes llevar obligatoriamente
Según el Reglamento General de Circulación existen una serie de normas que hay que respetar cuando conducimos nuestro vehículo por la vía pública, pero además también hay una serie de documentos que debes llevar obligatoriamente si no quieres ser multado cuando te paren en un control o cuando tengas un accidente, por muy pequeño que sea. Debes prestar atención ya que la DGT podría ponerte una multa si no llevas la documentación.
¿Puedes llevar la documentación en el móvil?
Como ya sabrás, gracias a la aplicación MiDGT para teléfonos móviles puedes gestionar tus multas, las Inspecciones Técnicas de tus distintos vehículos e incluso mostrar la documentación sin necesidad de llevarla físicamente. No obstante, la DGT recomienda que lleves también los papeles en tu coche, porque podrían multarte en caso de no tener cobertura o batería en tu teléfono.
Aquí tienes algunas de las funciones que puedes encontrar en la aplicación para móviles de la Dirección general de Tráfico:
- Consulta del saldo de puntos del carnet de conducir.
- Ver dónde están las estaciones ITV más próximas.
- Solicitar el informe de tu vehículo.
- Pagar las multas que tengas pendientes.
- Consultar el precio de los trámites de la DGT.
- Pedir cita en Tráfico.
- Ver el resultado de un examen de conducir.
- Consultar los datos generales de tu vehículo: marca, modelo, bastidor, cilindrada, distintivo ambiental, etc.
- Consultar cuál es el seguro de tu coche y su fecha de vencimiento.
La documentación que siempre debes llevar
Como te decíamos antes, hay una serie de documentos que tienes que llevar obligatoriamente cuando conduces tu vehículo, ya sea en tu teléfono móvil o físicamente en la guantera. De no llevarlos encima puedes buscarte un grave problema, pues podrías recibir una sanción. Estos son los 3 documentos que tienes que llevar encima:
- Carnet de conducir: si eres quien conduce, debes llevar contigo siempre el permiso de conducir, puesto que este documento acredita que estás capacitado y autorizado para conducir un vehículo. Recuerda que únicamente están exentos de llevar el carnet de conducir los conductores noveles que acaban de examinarse (si no les ha llegado el carnet aún). En su lugar, deberán llevar la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico.
- Permiso de circulación del vehículo o la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico: este documento vincula a un vehículo con su propietario y en él se recogen los datos personales del titular del vehículo y los datos más importantes del automóvil: marca, modelo, número de plazas, matrícula, fecha de matriculación, número de bastidor, potencia, etc.
- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV): este documento informa sobre las especificaciones técnicas del vehículo y sobre las posibles transformaciones legales que haya sufrido el automóvil. Recuerda que junto a este documento debes llevar el último informe de la ITV (en caso de haberla pasado) y la pegatina de la ITV pegada en la esquina superior derecha del parabrisas.